jubilación y seguridad social

La actual situación de la Seguridad Social, donde la presión demográfica es una importante amenaza para la sostenibilidad del modelo y la tasa de desocupados, requiere de un análisis técnico riguroso del modelo, a fin de iniciar los cambios necesarios.

¿Cómo nació nuestra Seguridad Social?

Nuestra Seguridad Social ha sufrido a lo largo de su historia, importantes modificaciones con el fin de adaptarse a las necesidades y otorgarnos una protección.

El punto de partida de los sistemas de previsión social en España es el año 1883, donde la Comisión de Reformas Sociales ya establece las necesidades de protección para la población, en 1900 se crea el primer seguro social con la Ley de Accidentes de Trabajo, culminando en 1905 con el nacimiento del Instituto de Reformas Sociales. El Real Decreto de 11 de marzo de 1919 implantó en España “el retiro obrero de carácter obligatorio” y la jubilación, a los 65 años.

En la Constitución de la II República, ya se legisla sobre la protección social de la población y en 1938, en plena guerra civil, el bando nacional promulga el Fuero del Trabajo, ampliando la definición y protección, creando el cimiento sobre el que conocemos actualmente la Seguridad Social.

En 1963, aparece la Ley de Bases de la Seguridad Social, donde se unifican diferentes sistemas de cotización y protección social, quedando plasmado en la Ley General de la Seguridad Social de 1966, entrando en vigor el 1 de enero de 1967. En esta Ley se establece el modelo unitario e integrado de protección social, con una base financiera de reparto, gestión pública y participación del Estado en la financiación.

En esencia, el sistema de reparto es un sistema de solidaridad intergeneracional inspirado en los modelos del resto de países de nuestro entorno y que se asentaron sobre el modelo social de solidaridad nacido después de la II Guerra Mundial y que engloba otras conquistas financiadas con dinero público (sanidad, etc) acuñándose el término global de Estado de Bienestar.

Primeras reformas

En el año 1972, la Ley de Financiación y Perfeccionamiento de la Acción Protectora intentó corregir los problemas financieros existentes, aunque éstos quedaron agravados al aumentar la protección social y no disponer de fórmula financiera para sostenerlo. La entrada de la democracia en España aceleró el proceso de reformas y con el primer gobierno del PSOE aparece la primera gran modificación en el reparto de las pensiones.

En 1985, siendo Joaquín Almunia ministro de Trabajo, sale adelante la Ley 26/1985 sobre acción protectora de la Seguridad Social donde se amplió el número mínimo de años para acceder a una pensión contributiva, pasando de 10 años a 15 y el número de años utilizados para el cómputo de la base reguladora, desde dos años hasta los ocho previos a la jubilación y sin mantener variación en la edad de jubilación, 65 años.

En las sucesivas reformas se estableció por Ley la revalorización de las pensiones en función del IPC (1997). Esto fue posible por el Pacto de Toledo de 1995 donde también se separa la aportación financiera al sistema, quedando las cotizaciones de la empresa y del trabajador exclusivamente para cubrir las contingencias (jubilación, orfandad, viudedad) y la sanidad (INSALUD) pasa a ser financiada por los PGE (Presupuestos Generales del Estado)

Esta decisión alivia enormemente la presión financiera sobre el sistema, puesto que él mismo había entrado en déficit por primera vez en su historia. El gasto destinado al INSALUD suponía el 15% de los ingresos netos en aquel momento. En el año 2000 se crea el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, regulado mediante la Ley 28/2003 para atender las descompensaciones del sistema.

Es importante señalar que de la Seguridad Social también se abonan las pensiones no contributivas, destinadas a aquellas personas que careciendo de recursos suficientes y bien, acreditando un determinado grado de discapacidad en el caso de invalidez, o siendo mayores de 65 años en el caso de jubilación, no tengan derecho a una pensión contributiva.

Con la reforma del año 2006, se ve una continuidad del espíritu por hacer prevalecer el sistema y se introducen incentivos a los que se jubilen más tarde de los 65 años, endurece las jubilaciones parciales (se aumentó la edad límite para la jubilación parcial hasta los 61 años) y modifica ligeramente las pensiones de viudedad además aumenta hasta 15 años el mínimo cotizado para tener derecho a pensión.

Todas las reformas del sistema van encaminadas a establecer el equilibrio financiero entre las aportaciones de los trabajadores/ empresas para sufragar las pensiones de los que actualmente están en situación de jubilación, viudedad, orfandad y pensiones no contributivas. En el año 2011, la reforma de la Seguridad Social establece importantes modificaciones de cara al sostenimiento del sistema.

La crisis económica y la necesidad de establecer la sustentación del modelo de reparto más allá del 2025, fecha en la que algunos análisis coincidían en que entraría en quiebra, propugna la necesidad de retrasar la edad de la jubilación de los 65 a los 67 años, se abre un periodo transitorio para aumentar el periodo de cotización exigido para calcular la pensión que pasará de 15 a 25 años, introduce el factor de sostenibilidad (copiado del modelo sueco y vinculado a la esperanza de vida y actualmente suspendido en virtud del acuerdo presupuestario del Gobierno para aprobar los PGE)

Como hemos visto, los sucesivos gobiernos han establecido importantes reformas con el fin de mantener el sistema de reparto iniciado en 1967. Explicado de una forma muy simplista, este sistema plantea que 2 cotizantes (trabajadores) pagan 1 pensión. El ratio actual es de 1,73, menos de 2 trabajadores por pensionista. Para cubrir la diferencia puede acudirse al Fondo de Reserva. Este fondo, en el año 2004 tenía un superávit de 14000 M euros y en 2011 de 65000 M euros. En la actualidad esta prácticamente agotado, realizando el Tesoro Público sendos prestamos en 2017 y 2018 para cubrir las pagas extraordinarias, con un monto total en sendos años de 25.000 M €

El gobierno del PP modificó la anterior Ley promulgada por el PSOE en la anterior legislatura de tal forma que no se podía sacar más del 3% del gasto anual en pensiones contributivas siendo en la actualidad todo lo contrario y hasta el 2018 el Gobierno podrá gastar el equivalente al déficit del sistema de pensiones.

Sostenibilidad del modelo

El objetivo es sostener en el tiempo el modelo y adaptarlo a la situación real de la sociedad. El modelo elegido en el año 1967 establece que las cotizaciones fuesen destinadas a sufragar pensión y salud (esta última garantizada en los PGE desde el año 1995).

En el año 1980 había poco más de 450.000 pensiones. Éstos eran jubilados nacidos en las décadas de los 30, 40, 50 con unas bases de cotización bajas y con baja o nula presión sobre el sistema al venir de una generación con baja natalidad y alta mortalidad.

El escenario actual es diametralmente opuesto: en el año 2012 había 9.444.323 pensiones (contributivas y no contributivas), con una generación, la del baby boom (años 60 y 70) avanzando hacia la jubilación con una proyección demográfica con la natalidad desplomada (no entran suficientes cotizantes al sistema) y una esperanza de vida superada la edad de la jubilación de 24 años (llegados los 65/67 años, una estimación de supervivencia de 24 años, esto es, cobrar durante 24 años una pensión.

En el año 1980 la estimación de supervivencia superada la edad de jubilación era de 12 años. Ante esta proyección demográfica, el Gobierno articula una nueva reforma adelantando alguna de las variables que el 2011 ya se habían aprobado y que principalmente son incluir un factor de revalorización (FR) y el factor de sostenibilidad (FS).

El FR se calcula con una proyección del IPC de los años precedentes y los posteriores, siendo el mínimo de subida un 0,25% y un máximo del IPC+0,25%. El FS dependerá de la evolución de la esperanza de vida a los 67 años a partir de 2027 y que se revisará cada 5 años.

Con otra explicación muy simplista resulta mejor entendible: se realizan estas reformas en una proyección al 2030, donde los nuevos trabajadores son los hijos de las mujeres nacidas a partir de 1980 cuando se empezó a producir el colapso de natalidad en España y los que se jubilarían serían los nacidos a partir de la mitad de los 60, la época de mayor natalidad de la historia de España. Debido a los diferentes pactos políticos, el FR y el FS quedan suspendidos durante dos años, siendo el pacto revalorizar las pensiones durante dos años según el IPC y dejar sin efecto el FS

El reto de mantener el nivel económico

El modelo sueco

La introducción de estos dos factores, como decíamos suspendidos durante dos años, va encaminado a mantener la pensión pública en el tiempo, pero no garantizan el mantenimiento del poder adquisitivo con referencia al IPC, aunque bien es cierto que las mismas nunca se van a congelar porque subirán como mínimo, el 0,25% anualmente.

Los sucesivos gobiernos están afrontando continuamente nuevos retos con cada generación y las decisiones no contentan a todos por igual. El caso sueco en los años 90 es un claro ejemplo donde el sistema de pensiones español se mira en la actualidad. En los años 90 Suecia tenía unas cuentas públicas al límite y la generación de su baby boom afrontaba los últimos años con la misma amenaza demográfica que ocurre en España.

Los partidos políticos constituyen un grupo de técnicos más o menos alejados de la política y buscaban mantener el nivel económico para sus pensionistas y un reparto justo. El proceso, desde su inicio, fue tortuoso, desde el año 1984 hasta 1994, donde se aprobó con la mayoría de 5 de los 7 partidos que en ese momento tenían representación parlamentaria, convirtiéndose en el primer país europeo que reformaba totalmente su sistema público de pensiones.

Las claves, igualar contribuciones y prestaciones, asegurar en lo posible el equilibrio financiero del modelo de reparto y, sobre todo, abrir la puerta a un sistema de capitalización individual dentro del sistema público. El “corazón” de este nuevo modelo son las cuentas nocionales.

La clave reside en que el trabajador tiene derecho a recibir durante su jubilación el equivalente a lo que ha cotizado. En el nuevo sistema no hay edad de jubilación. Los trabajadores pueden jubilarse a cualquier edad a partir de los 61 años, pero también continuar trabajando hasta los 70, en cuyo caso seguirán cotizando al sistema y aumentará su cuenta de pensión teórica, así como la parte capitalizada, reduciéndose los divisores de anualidad vinculados a la esperanza de vida.

El sistema de revalorización es constante y está vinculado al incremento anual en las pensiones se establece en relación con la subida de los salarios, en una especie de equilibrio intergeneracional: si suben los ingresos de los cotizantes, también lo harán los de aquellos que viven de sus cotizaciones.

Además, existe un mecanismo de ajuste automático. Se calcula cuánto debe el sistema (valor actualizado de las pensiones) y se compara con sus activos (cotizaciones más los fondos de salvaguarda que ha acumulado el Estado sueco). En el caso de que la relación sea negativa, se ajustan las pensiones inmediatamente a esta circunstancia, con recortes en las prestaciones.

Desde el 2001 sólo hubo dos años en que tuvo que recortarse las prestaciones, 2010 y 2011. Otra importante novedad es que el 2,5% del salario de los trabajadores suecos va destinado a una cuenta de capitalización individual. Se puede invertir en hasta 800 tipos de fondos o si lo prefieren, en un fondo público y gestionado por el gobierno. Cada persona puede distribuir su dinero entre varios fondos y cambiar a lo largo del año. Las compañías tienen la obligación de informar a sus clientes de sus tarifas y comisiones, así como de su filosofía de inversión. Y los fondos están divididos en categorías, en función del riesgo de sus inversiones.

A partir de los 61 años, los suecos pueden empezar a cobrar el dinero acumulado. Y se permite asociar los beneficios a una tercera persona (cónyuge o hijos) o unirlos a los de la pareja para que, en caso de fallecimiento, el otro siga cobrando del dinero ahorrado. A principios de año, todos los trabajadores suecos reciben el sobre naranja, les informa de cómo van sus fondos.

De esta manera, indica por una parte cuánto hay en su cuenta nocional ficticia (puesto que hay que recordar que este dinero lo pagan los actuales cotizantes, con los riesgos que eso implica) y también les dice cómo va su fondo de ahorro individual. Con esta reforma, los suecos aumentaron casi el doble su confianza en su sistema público de pensiones a la par que mejoraron su cultura financiera. Conocedores de toda la información, de forma paralela, aumentó la contratación de planes de pensiones privados y esta información se incluye también en el envío de 5 hojas que a principios de año reciben todos los trabajadores suecos.

Sobrevivir en la jubilación

sobrevivir a la jubilación

Según todos los análisis, cuando accedamos a la jubilación deberíamos de tener al menos garantizado el 80% de nuestro salario promedio en forma de pensión. Todo lo que sea por debajo de ese porcentaje, conlleva problemas por la insuficiencia de ingresos.

En España confluyen varios sistemas de cotización (general, agrario, minería, mar, empleadas de hogar, autónomos). La pertenencia a uno u otro adquiere especial relevancia a la hora de la jubilación. Ejemplo claro es el colectivo de autónomos, donde el 95% cotiza por la base mínima, esto significa que su pensión, tomando como proyección la evolución del IPC, tendrá que ser complementada con otra aportación del estado, lo que se denomina complementos a mínimos. Es este el colectivo más vulnerable a cualquier reforma y el que tradicionalmente también, más ha buscado complementar su jubilación con ingresos provenientes de instrumentos financieros. La relación de que lo aportado no justifica el esfuerzo a realizar en aportaciones a la SS es bastante claro a poco que se realice un estudio sobre el cálculo de su jubilación.

Soluciones

Actualmente existen diversos instrumentos financieros de ahorro, desde planes de pensiones, PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático), PPA (Plan de Previsión Asegurado), seguros de vida y otros que pueden ser usados como una herramienta de ahorro pero con un alto componente de riesgo en función del perfil de inversión (acciones, depósitos, pagarés bancarios, etc). Un buen asesoramiento redundará en una correcta planificación de nuestra jubilación.

Debemos de tomar una profunda reflexión sobre nuestro futuro, recabar toda la información necesaria con expertos independientes en la materia sobre el cálculo de nuestra pensión a la jubilación y valorar si el esfuerzo que realizamos (con las actuales reformas) la pensión que nos proporciona el Estado cubrirá nuestras necesidades conocidas futuras.

En Insure Brokers podemos ayudarle a planificar su jubilación, estableciendo diferentes escenarios y sin costes adicionales.

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