Flotas

En el sector asegurador y en el ramo del automóvil, denominamos “Flotas” a un conjunto de vehículos cuyo tomador es la misma figura jurídica. Para constituir una flota a efectos de seguro y aplicar primas más ajustadas, las compañías aseguradoras solicitan que las flotas estén formadas por un número mínimo de vehículos.

Las flotas pueden ser de muy diversa índole: vehículos de ocasión (VO), vehículos Rent a Car, camiones, autobuses, vehículos históricos…

Los vehículos de ocasión o VO son los vehículos destinados a la venta por parte de empresas compraventa. En estas flotas, las garantías que se ofrecen son básicas, siendo la Responsabilidad Civil Obligatoria (RCO), Responsabilidad Civil Voluntaria (RCV), defensa jurídica y accidentes del conductor, las garantías más comunes.

En Insure Brokers proporcionamos soluciones a estos profesionales de una manera ágil y eficaz. Tienes toda la información sobre nuestro Seguro para flotas de Vehículos de Ocasión en este enlace.

Seguros y soluciones para flotas de vehículos de empresa

Disponemos, así mismo, de soluciones para vehículos de importación, gestionando los diferentes tipos de placas (rojas, verdes).

En las flotas de Rent a Car podemos ofrecer soluciones a medida, tanto con cobertura a “terceros” puro como a todo riesgo, con la opción de asistencia en viaje.

En los últimos años, la frecuencia e intensidad de la siniestralidad de estas flotas hace que en ocasiones sea más complicado de lo habitual encontrar salida a una flota con siniestros.

En Insure Brokers realizamos el seguro a medida para camiones y autobuses, ofreciendo en el caso de asistencia en viaje, seguro en “segunda capa”. Esto último es algo muy común si se realiza transporte internacional.

Un seguro de asistencia en viaje de segunda capa sirve para cubrir un límite mayor cuando el seguro principal ya agotó el límite fijado. Esto evita gastos importantes en caso de tener que repatriar el vehículo desde grandes distancias.

Considerar un vehículo histórico queda regulado por el RD 1247/1995, que expresa que para considerarse histórico deben de darse estas características:

  1. Fue matriculado o fabricado por primera con una anterioridad de 30 años.
  2. Su tipo específico ha dejado de producirse.
  3. Está en su estado original y no ha sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características técnicas o componentes principales.

Se incluyen en este grupo también los llamados vehículos de colección. Se entiende por tales aquellos que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente merecen acogerse al régimen de los vehículos históricos.

Lo mismo sucede con los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural así como los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o por haber intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica.

En Insure Brokers proporcionamos soluciones específicas para todas las situaciones aquí expuestas. No dudes en consultarnos.

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