Defensa jurídica

El seguro de asistencia jurídica, está regulado en la sección novena de la Ley de Contrato de Seguro, e indica que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro.

En Insure Brokers disponemos de un departamento jurídico propio que vela y tutela en la contratación así como en la gestión de los seguros de nuestros clientes, la correcta aplicación de las garantías recogidas en el contrato. Es un valor añadido más dentro del servicio que damos a nuestros clientes.

En los seguros de asistencia jurídica el asegurado tiene la libertad de elegir abogado y procurador libremente en los casos de reclamación de daños, tal y como recoge el art. 76 d) y se excluyen de este tipo de seguros todas aquellas multas o sanciones en las que incurra el asegurado. En Insure Brokers podemos asesorarte en el mejor seguro de asistencia jurídica para tu empresa. Consúltanos.

Defensa Jurídica en gestión de seguros

¿Necesitas más información?