¿Cuál es la cobertura que tienen los trabajadores autónomos en caso de baja laboral?

En esta entrada de hoy, la primera de varias que versará sobre la situación de los trabajadores autónomos, trata de responder a la pregunta que tanta incertidumbre está causando en esta época de pandemia: ¿Cuál es la cobertura que tienen los trabajadores autónomos en caso de baja laboral?

La baja por incapacidad temporal del trabajador autónomo

Una baja laboral puede sobrevenir en cualquier momento. No es solo que estemos en una salud óptima, puede derivar de un accidente jugando al fútbol con los amigos de la peña, una caída en el ámbito doméstico, un accidente de trabajo… En cualquiera de los casos, el autónomo saldrá siempre perjudicado económicamente si no tiene complementados sus ingresos con un seguro de baja diaria.

Son muchas las casuísticas en las que un autónomo puede caer en IT (incapacidad temporal). Los ingresos que tenga vendrán condicionados en un porcentaje conforme a su base reguladora. El porcentaje oscila entre el 60% y el 75%, según sea contingencias comunes (enfermedad) o contingencias profesionales.

Desde el 1 de enero de 2019 todos los autónomos tienen incorporada la cotización de contingencias profesionales, y en este caso, superados los 60 días de baja no deben de abonar la cotización a la Seguridad Social.

Veremos a lo largo de sucesivos artículos que la base reguladora (BR) será determinante para el cálculo de la pensión, las prestaciones derivadas de la incapacidad y de orfandad. De igual forma, el cese de la actividad como autónomo, también está relacionado con lo que se cotiza.

En esta entrada nos centraremos en la descobertura para autónomos en caso de baja laboral y su implicación económica y las soluciones aseguradoras que podemos plantear para mitigar el impacto de la baja.

Así es actualmente la descobertura para autónomos en caso de baja laboral

El 77% de los autónomos en España, según el III Estudio Nacional del Autónomo, cotiza por la base mínima, que para el año 2020 está establecida en 944,35 € y que da lugar a una cuota de 286,15 €.

Cuando estamos de baja, esa base se usará para calcular lo que tendremos que cobrar en caso de incapacidad temporal, teniendo en cuenta que, si es por contingencias comunes, los 3 primeros días no entran a computo, pero si la contingencia es por accidente laboral, se cobra desde el primer día.

Un ejemplo muy sencillo es un autónomo de baja que haya estado 20 días de IT por enfermedad (60% base reguladora). Cobraría en este caso 18,89 € diarios desde el día 4 hasta el 20, poco más de 300 €.

Como vemos, la cobertura publica es insuficiente y da para poco más que el pago de la cuota ordinaria.

Las prestaciones que se derivan de la base reguladora también son viudedad e invalidez. En el caso de viudedad, la prestación sería de 566 €, a todas luces insuficiente y por eso la conveniencia de complementar la cobertura por la parte aseguradora.

¿Cómo puedes mejorar tus prestaciones si eres autónomo?

En otra entrada explicaremos porqué es mejor y con menor esfuerzo económico mejorar tus prestaciones como autónomo que aumentando tu base reguladora. En el caso concreto de la pensión, ya hablamos en varias entradas sobre cómo invertir con seguros de vida, tanto primas únicas, como PIAS, y también con la opción de hipoteca inversa, donde podemos materializar la mayor inversión que los españoles realizamos, como es la adquisición de vivienda, que perfectamente nos puede complementar la pensión pública.

Así puedes mejorar tus prestaciones si eres autónomo

En Insure Brokers proporcionamos soluciones especificas para todo tipo de autónomos, persona física o societario, detallando el beneficio fiscal y las posibles soluciones también para cubrir la baja de esos empleados “claves” que, ante una baja sobrevenida, el coste de contratación de otro empleado para suplir su baja se puede ver mitigado.

Te podemos proporcionar un estudio pormenorizado de tu desprotección con relación a tus ingresos y valorar de forma conjunta la contratación de un seguro de baja diaria y complementarlo con otros productos vinculados (seguro de vida y seguro de accidentes, además del seguro de dependencia).

Ahora, con la actual situación del Covid 19, también te podemos proporcionar seguro que cubra esta contingencia, un seguro de baja por Covid, siempre y cuando estés diagnosticado y con PCR positiva.

Puedes consultar a nuestros asesores, que estarán encantados de ayudarte. Puedes contactar con nosotros para un estudio personalizado en el 985341181, por correo electrónico a hola@insurebrokers.es o a través de nuestro asistente virtual Micro.

 

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