Continuando con la temática de cómo invertir y/o ahorrar con seguros de vida, hoy vamos a describir un producto de ahorro, realmente atractivo, flexible y con tratamiento fiscal: el PIAS o Plan Individual de Ahorro Sistemático.
En entradas anteriores hemos hablado de Cómo invertir con seguros de vida: el seguro de vida a prima única y de Cómo invertir con seguros de vida: Unit Linked (UL).
Qué es un PIAS, un Plan Individual de Ahorro Sistemático
Un PIAS es un Plan Individual de Ahorro Sistemático. El propio nombre ya nos indica que es un producto de ahorro finalista, con un concepto conservador (aunque luego veremos que podemos estructurarlo de forma mucho más “agresiva”) y que nos va a proporcionar a ese ahorro, una determinada rentabilidad al rescatarlo.
Un PIAS lleva aparejado un pequeño capital en caso de fallecimiento, que variara en función de la compañía. Las aportaciones que podamos realizar se van invirtiendo para obtener una rentabilidad, rentabilidad que sumaremos a nuestro ahorro. El PIAS tiene beneficios fiscales al rescate, según la fecha de pago de la primera prima (después de 5 años) y según nuestra edad, si lo rescatamos en forma de renta vitalicia, como veremos posteriormente.
Tipos de PIAS o Plan Individual de Ahorro Sistemático
Básicamente los PIAS pueden ser de dos tipos según la rentabilidad que planteen: garantizados y no garantizados.
En el PIAS garantizado, la compañía establece un tipo de interés sobre las aportaciones que realizamos fijo y garantizado durante la vida del producto, pudiendo modificarse al alza si así se establece o en un determinado periodo de tiempo.
En el PIAS no garantizado, la compañía no garantiza la rentabilidad del producto, si no que usa las aportaciones que estemos realizando al mismo, para invertirlas, según nuestro perfil, y obtener con esas inversiones, la rentabilidad a mayores que tendremos además de las aportaciones.
Ciñéndonos a este último supuesto, podemos tener infinidad de configuraciones en función del perfil inversor del ahorrador. Las primas pagadas se irán invirtiendo en diferentes fondos, donde el cúmulo total planteará una rentabilidad anual, pudiendo cambiar la estructura de inversión en determinadas ocasiones a lo largo del año y donde la compañía puede darnos esos primeros cambios sin coste de gestión y los posteriores, con un pequeño cargo.
En la actualidad las compañías han simplificado mucho esto, estableciendo unas determinadas “cestas” de fondos, con perfiles de inversión predeterminados y con unas expectativas de rentabilidad, donde la gestión directa del ahorrador ha quedado relegada a un segundo plano.
En un PIAS garantizado, la compañía ofrece un tipo de interés técnico durante un periodo de tiempo. Este periodo de tiempo puede ser temporal o de duración vitalicia (hasta el rescate del producto).
Fiscalidad de los PIAS, un Plan Individual de Ahorro Sistemático
Comentábamos al inicio del artículo, que este producto es un seguro de vida y que tiene una determinada fiscalidad. En el caso de fallecimiento durante la fase de ahorro, tanto el ahorro como el capital del seguro de vida, tributará por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y en función de la CCAA, tendrá diferente tratamiento fiscal.
Si decidimos después de unos años de aportaciones rescatar nuestro PIAS, podemos beneficiarnos de la fiscalidad en función de nuestra edad. El rendimiento obtenido tributará como Rendimiento de Capital Mobiliario y se incluye en la Base Imponible del Ahorro, tributando al tipo dispuesto en cada momento. El rendimiento es la diferencia entre la prestación recibida y las primas aportadas. Para beneficiarnos de esta fiscalidad, además el PIAS deberá haberse constituido como tomador, asegurado y beneficiario, la misma persona.
Las retenciones a realizar, según la legislación actual son las siguientes:
Un ejemplo es un asegurado de 67 años que rescate su PIAS en forma de renta vitalicia, tan sólo se considerará rendimiento de capital mobiliario el 20% de ésta. Por tanto, al no tributar sobre el 80% restante, resulta una tributación efectiva de la renta del 3,80%.
Ventajas del PIAS o Plan Individual de Ahorro Sistemático
En el PIAS concurren varias ventajas que lo hacen un producto altamente atractivo para el ahorro.
- En caso de necesitar el capital acumulado, éste puede ser rescatado al momento, con lo que sumamos liquidez inmediata como ventaja.
- La propia fiscalidad comentada anteriormente, en caso de constituir una renta vitalicia es una ventaja, eso sí, a partir del 5 año transcurrido de la primera prima pagada y siendo tomador, asegurado y beneficiario la misma persona.
- Se pueden hacer aportaciones periódicas o extraordinarias, lo que nos facilita la flexibilidad para ahorrar más unos años que otros, en función de nuestro proyecto de vida.
- El PIAS es un producto “movible”, es decir, puedes movilizar el capital acumulado a otro PIAS de otra compañía, total o parcialmente, con total libertad y en cualquier momento y de igual forma, puedes fusionar los PIAS de otra entidad en otro que tengas contratado de otra entidad.
Como inconvenientes a este producto, hay dos determinantes: el límite anual de aportaciones del tomador es de 8.000 € y el total de aportaciones a este tipo de contratos: es de 240.000 €. El PIAS es un excelente producto para los autónomos que deseen disponer de un «colchón» inmediato en caso de paralización de actividad.
Si tuvieses más de un PIAS contratado, deberías de tener en cuenta los límites, a fin de no tener incidencias con la Agencia Tributaria.
Puedes consultarnos cualquier duda. Nuestro equipo de asesores especialistas en Vida está para ayudarte.
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